Reglas sobre la duración del alquiler de vivienda y casos en que el arrendamiento puede terminar antes. Ley de vivienda de 2023. Modelos de escritos y de preavisos entre las partes.
Cuánto dura un alquiler de vivienda
Los contratos de alquiler de inmuebles en España están sometidos a distintas reglas legales según sea el bien que se alquila (una vivienda, un local, una oficina, una finca rústica, una industria, etc.), según la finalidad del alquiler (como residencia permanente, como estancia temporal, etc.) y según la fecha del contrato.
En principio la duración de los alquileres es la que pacten libremente las partes. Pero en los alquileres de vivienda la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) protege al inquilino para que pueda gozar de una estabilidad mínima. Por eso se le permite que, si la duración pactada es inferior a cinco años, pueda prorrogar el contrato año a año a su libre decisión, hasta que se cumplan cinco años desde el inicio del alquiler. Si el arrendador es una persona jurídica (una empresa), el plazo es de 7 años en lugar de 5.
Es decir, un inquilino tiene derecho a permanecer en la vivienda alquilada un mínimo de 5 años (7 si el “casero” es una persona jurídica), con independencia de que el contrato firmado lo fuera por un año de duración.
Modelo de contrato de alquiler de vivienda.
Además, en el caso no muy frecuente de que no se haya estipulado plazo de duración o este sea indeterminado, la Ley dice que esos arrendamientos se entenderán celebrados por un año, sin perjuicio del derecho de prórroga anual para el arrendatario.
Tenga en cuenta que existen unas reglas especiales de duración en 2023 y que la nueva Ley de Vivienda aporta algunas novedades sobre la duración del contrato para alquileres firmados desde el 26 de mayo de 2023, como vamos a explicarle.
Prórroga forzosa de alquileres en 2023
La prórroga posterior de tres años
Alcanzado el plazo de 5 años (o de 7 en su caso), ambas partes pueden decidir dar por terminado el contrato, siempre que avisen a la otra parte con un plazo determinado, que es de dos meses para el inquilino y de cuatro meses para el casero. Si nadie comunica a la otra parte la intención de terminar, se abre otro nuevo periodo en el que el inquilino puede renovar libremente el contrato año a año hasta los 3 años.
Mientras estemos en el periodo inicial de cinco años (o 7) o en el posterior de prórroga de 3, solo se podrá obligar al inquilino a dejar la casa alquilada en algunas situaciones excepcionales, como la necesidad de utilizar la vivienda por el arrendador o sus familiares cercanos.
Terminar el alquiler antes del plazo.
Al término de ese plazo de 3 años añadidos, si el inquilino permanece en la vivienda alquilada y el arrendador no dice nada en quince días desde que terminara el plazo, el alquiler continúa en lo que se llama una reconducción tácita. Se va renovando por periodos iguales a aquel en el que se fijó la renta en el contrato inicial: la duración del nuevo contrato será anual si en el contrato inicial se fijó la renta de forma anual, y será mensual si la renta se estableció de forma mensual. Llegados a este punto, para mayor seguridad de todos lo mejor será concertar un nuevo contrato entre las partes, con las condiciones que consideren oportunas.
Original:
https://www.ocu.org/fincas-y-casas/gestion/alquiler/analisis-gratis/2021/07/cuanto-dura-alquiler-de-vivienda